REGLAMENTO DE LA NUEVA LEY PARA INMOBILIARIAS EN JALISCO

El 20 de febrero de 2024, ¡sí, en pleno Día del Gato!, se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco el esperado Acuerdo del Gobernador Constitucional del Estado, Enrique Alfaro Ramírez. ¿Y qué traía este tan ansiado documento? Pues nada más y nada menos que el flamante Reglamento de la Ley que rige el Registro y Acreditación de los Prestadores de Servicios Inmobiliarios en tierras jaliscienses. Sí, así es, ¡un nuevo sheriff ha llegado a la ciudad!

Toda esta parafernalia normativa viene en cumplimiento al artículo transitorio segundo del Decreto número 29238-7LXIII/23 (una combinación completamente aleatoria de números y letras, digna del mismo Juego del Bingo), publicado el 05 de agosto de 2023, en el cual se nos presentó a la Ley que controla el registro y acreditación de los prestadores de servicios en materia inmobiliaria en el estado. ¡Ay, qué emoción!

Pero no creas que este reglamento es un simple chiste de carnaval, ¡no, señor! Entre sus disposiciones se encuentra la encomienda a la Comisión Interinstitucional para la Supervisión de la Prestación de Servicios Inmobiliarios en el Estado de Jalisco de la elaboración de políticas y programas relacionados con... redoble de tambores... ¡la prestación de servicios inmobiliarios! ¡Sorpresa, sorpresa!

Y como si esto fuera poco, se define un proceso de acreditación para todas esas almas valientes, tanto jurídicas como físicas, que deseen acreditarse como prestadores de servicios inmobiliarios. Este desafiante proceso se llevará a cabo ante la Secretaría de Desarrollo Económico, cumpliendo, por supuesto, con los requisitos establecidos en la Ley. ¿Lo mejor de todo? La Secretaría tendrá un plazo de ¡5 días hábiles! para validar la solicitud y otorgar la ansiada Acreditación. ¡Eso es eficiencia, amigos!

Así que ya lo sabes, si alguna vez soñaste con ser un prestador de servicios inmobiliarios en Jalisco, ¡este es tu momento! Prepárate para seguir las reglas, presentar tus papeles y ¡a por la acreditación! ¡Que comience el juego de bienes raíces en Jalisco! 🎉🏡

Pero antes, aquí viene la lista de las obligaciones más emocionantes que deben cumplir los Prestadores de Servicios Inmobiliarios Acreditados. ¡Suena emocionante, ¿verdad?!

La Secretaría estará al pendiente de que estos profesionales ejerzan sus funciones con rectitud, honestidad y eficiencia, ¡como verdaderos superhéroes inmobiliarios! Además, deben ofrecer asesoría y orientación a los usuarios, ¡nada de esconder sus súper poderes!

Pero espera, ¡eso no es todo! La diversión continúa con la lista de mandamientos inmobiliarios de los Prestadores de Servicios Inmobiliarios Acreditados. Aquí van las reglas del juego:

  • Deben mostrar su Acreditación como verdaderos trofeos, ¡orgullosos de ser lo que son!

  • Nada de hacer trampa y fingir ser algo que no son, ¡aquí la honestidad es la clave!

  • Deben informar sobre la protección de datos personales, ¡cuidando la identidad de los usuarios como un tesoro!

  • ¡Verdad absoluta al describir propiedades! Nada de exagerar cualidades o esconder defectos, ¡transparencia ante todo!

  • Serán como estrellas de cine en las visitas de inspección, ¡actuación estelar garantizada!

  • Respeto entre colegas, ¡nada de jugar sucio! Competencia sana y sin desacreditaciones.

  • Contratos escritos como guiones de película, ¡privacidad y transparencia en cada escena!

  • Y finalmente, entregar a los usuarios un resumen de costos como el desenlace perfecto de esta aventura inmobiliaria.

Pero ojo, hay otro tema ¡es posible aventurarse con las quejas! 🎉 Si te sientes como un detective buscando justicia, aquí te va: Después de presentar tu queja con toda la sazón requerida, la Secretaría tiene 5 días hábiles para decidir si la acepta o si te pide un "poquito más de salsa" si les falta algo. Si olvidas añadir un ingrediente secreto y no respondes en 5 días, ¡adiós a tu queja! 🕵️‍♂️ Pero tranquilo, ¡aquí estamos para ayudarte a cocinar la queja perfecta! 🌟

¡Ponte las pilas! Porque aquí te dejamos las infracciones y sanciones que podrías enfrentar:

  • Amonestación: Si le das el tip incorrecto a un usuario sobre bienes inmuebles, ¡cuidado!

  • Apercibimiento: Si te haces pasar por Acreditado sin serlo, si ofreces un inmueble sin autorización escrita, o si vendes sin la documentación adecuada, te caerá un apercibimiento.

  • Multa: Actuar como asesor sin estar registrado ¡te puede salir caro! Y lo mismo si te haces pasar por Acreditado sin serlo.

  • Suspensión: ¡Ni lo pienses dos veces! No ocultes datos, no tengas apercibimientos o multas en un año, no te metas con propiedades en construcción sin garantías, ni trates de manipular la información a tu favor. ¡Evita la suspensión por un año!

  • Revocación definitiva: Si no cumples con la Ley contra el lavado de dinero, ¡adiós a tu acreditación y registro para siempre!

¡Así que ojo! Mejor cumplir con las reglas para seguir brillando en el mundo inmobiliario. ¡No te arriesgues!

En Orduño Tirado Abogados, nos especializamos en derecho inmobiliario y te ofrecemos un acompañamiento completo para asegurar que cumplas con las obligaciones del Reglamento y la Ley de Registro y Acreditación de Prestadores de Servicios Inmobiliarios del Estado de Jalisco. Nuestro equipo de expertos te brindará asesoramiento integral y se asegurará de que los procedimientos de acreditación se lleven a cabo correctamente, garantizando el cumplimiento de todas las obligaciones para los Prestadores de Servicios Inmobiliarios. ¡Contáctanos para más información y deja que te ayudemos a mantener tus operaciones inmobiliarias dentro de los límites legales! ¡Estamos aquí para ti!

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